En la vigésima edición del programa Mundo Vehicular estuvo con nosotros el
Abogado José Ocampo Zumaeta para hablar sobre los vacíos en el nuevo código de tránsito.
Abogado José Ocampo Zumaeta para hablar sobre los vacíos en el nuevo código de tránsito.
El Doctor Ocampo manifestó que el nuevo reglamento de tránsito entra en vigencia el 21 de julio de este año. Sin embargo, existen unos vacíos en su futura aplicación. Cuando se creó el nuevo reglamento se estableció juzgados especializados en tránsito, pero ello no se ha cumplido.
Añadió que venimos sufriendo una serie de accidentes no solo en el nivel urbano, sino también en el transporte interprovincial. Esto genera que el peatón se vea imposibilitado de tener una autoridad que conozca el reglamento y aplique las sanciones correctivas y asegure, sobre todo, una reparación civil a la víctima.
Actualmente las víctimas (los peatones) están sufriendo lesiones y, para que puedan tener una indemnización, tienen que pasar una conciliación extra judicial. Después, deben hacer una demanda judicial y esperar cuatro o cinco años para tener una reparación civil de 15 mil soles. Lamentablemente, durante todo ese lapso, tanto el conductor como el propietario misteriosamente se quedaron sin bienes.
Tenemos la ley 29365 que va a entrar en vigencia junto con el reglamento y que modifica el tema de puntajes. Una persona en su record irá acumulando sus puntos; es decir, cuando una persona comete una infracción leve se va a considerar en su record una infracción de 1 a 20 puntos. Cuando comete una infracción grave va a sumar de 20 a 50 puntos, y cuando cometa una infracción muy grave se considera de 50 a 100 puntos.
Si se llega a 100 puntos se suspende la licencia 6 meses, si se vuelve a llegar al mismo puntaje se suspende 12 meses y si de nuevo se llega al mismo record se suspende la licencia indefinidamente.
El Poder Ejecutivo, junto con el Poder legislativo, debería de crear los juzgados de tránsito para que cuando haya un accidente de tránsito con personas lesionadas un juez inmediatamente proceda al embargo del vehículo y sobre los bienes del propietario y del conductor a fin de generar una reparación civil a las víctimas.
Además, se debe de crear una curso de educación vial obligatorio porque si no se educa a los hijos ellos van a salir a la calle sin conocer las normas de tránsito. La nueva norma establece que los conductores lleven un curso lectivo de 20 horas, pagado por el conductor o por el infractor, y deben aprobar el curso. Si no lo aprueba, no podrá sacar su licencia.
El Doctor Ocampo señaló que las botellas de bebidas alcohólicas deberían exhibir una tabla de alcoholemia donde se advierta al consumidor cuál es la cantidad prudente que se debe ingerir. El transportista de servicio público no debe de consumir alcohol, ya que se necesita un conductor lúcido y descansado para que pueda realizar con seguridad su labor.
Cuando un policía detiene a una persona en estado de ebriedad se hace un atestado; es decir, se llama al conductor y se le toma su manifestación y se lo deriva a la fiscalía. Como es un delito que es sancionado con un año de pena privativa de libertad, el fiscal no promueve una acción penal en contra del conductor. Le aplica un principio de oportunidad, es decir un beneficio procesal en el cual el fiscal le pide una sanción económica para no denunciarlo. Si tuviéramos juzgados especializados la policía haría el proceso con mayor rapidez y el juez tomaría las medidas preventivas del caso.
Y es que las personas piensan que el hecho de tener SOAT les permite cometer infracciones.
Añadió que venimos sufriendo una serie de accidentes no solo en el nivel urbano, sino también en el transporte interprovincial. Esto genera que el peatón se vea imposibilitado de tener una autoridad que conozca el reglamento y aplique las sanciones correctivas y asegure, sobre todo, una reparación civil a la víctima.
Actualmente las víctimas (los peatones) están sufriendo lesiones y, para que puedan tener una indemnización, tienen que pasar una conciliación extra judicial. Después, deben hacer una demanda judicial y esperar cuatro o cinco años para tener una reparación civil de 15 mil soles. Lamentablemente, durante todo ese lapso, tanto el conductor como el propietario misteriosamente se quedaron sin bienes.
Tenemos la ley 29365 que va a entrar en vigencia junto con el reglamento y que modifica el tema de puntajes. Una persona en su record irá acumulando sus puntos; es decir, cuando una persona comete una infracción leve se va a considerar en su record una infracción de 1 a 20 puntos. Cuando comete una infracción grave va a sumar de 20 a 50 puntos, y cuando cometa una infracción muy grave se considera de 50 a 100 puntos.
Si se llega a 100 puntos se suspende la licencia 6 meses, si se vuelve a llegar al mismo puntaje se suspende 12 meses y si de nuevo se llega al mismo record se suspende la licencia indefinidamente.
El Poder Ejecutivo, junto con el Poder legislativo, debería de crear los juzgados de tránsito para que cuando haya un accidente de tránsito con personas lesionadas un juez inmediatamente proceda al embargo del vehículo y sobre los bienes del propietario y del conductor a fin de generar una reparación civil a las víctimas.
Además, se debe de crear una curso de educación vial obligatorio porque si no se educa a los hijos ellos van a salir a la calle sin conocer las normas de tránsito. La nueva norma establece que los conductores lleven un curso lectivo de 20 horas, pagado por el conductor o por el infractor, y deben aprobar el curso. Si no lo aprueba, no podrá sacar su licencia.
El Doctor Ocampo señaló que las botellas de bebidas alcohólicas deberían exhibir una tabla de alcoholemia donde se advierta al consumidor cuál es la cantidad prudente que se debe ingerir. El transportista de servicio público no debe de consumir alcohol, ya que se necesita un conductor lúcido y descansado para que pueda realizar con seguridad su labor.
Cuando un policía detiene a una persona en estado de ebriedad se hace un atestado; es decir, se llama al conductor y se le toma su manifestación y se lo deriva a la fiscalía. Como es un delito que es sancionado con un año de pena privativa de libertad, el fiscal no promueve una acción penal en contra del conductor. Le aplica un principio de oportunidad, es decir un beneficio procesal en el cual el fiscal le pide una sanción económica para no denunciarlo. Si tuviéramos juzgados especializados la policía haría el proceso con mayor rapidez y el juez tomaría las medidas preventivas del caso.
Y es que las personas piensan que el hecho de tener SOAT les permite cometer infracciones.
Finalmente el Doctor Ocampo recomendó educar a los conductores y a los que recién van a sacar su licencia de conducir deben de pasar un curso obligatorio de circulación vial y de reglas de tránsito.